¿En que consiste la ayuda?
¿Que es una vivienda usada?
¿Que condiciones se han de cumplir?
¿Cómo se solicita?
¿Cual es la ayuda?
¿En qué consiste la ayuda?
Estas ayudas son diferentes si se trata del primer acceso a la propiedad o no:
- Primer acceso a la propiedad: un préstamo convenido con subsidiación y una ayuda directa a la entrada.
- No es primer acceso a la propiedad: un préstamo convenido.
Estas ayudas se reconocerán mediante una resolución, junto con el visado del contrato de compraventa.
El plazo para pedir el préstamo convenido a una entidad de crédito es de 6 meses a partir de la fecha del visado.
¿Que es una vivienda usada?
Se consideran viviendas usadas las:
- Viviendas libres o protegidas en segunda o posteriores transmisiones.
- Viviendas protegidas que se hayan destinado antes a arrendamiento.
- Viviendas libres de nueva construcción adquiridas una vez transcurrido 1 año desde la fecha de concesión de la cédula de habitabilidad .
¿Que condiciones se han de cumplir?
Precio de adquisición
El precio de adquisición depende de la zona geográfica dónde se encuentre ubicada la vivienda, para el año 2009 este precio por m² de superficie útil de la vivienda no puede superar:
Zona A 1.940,48 €, en el caso de Sabadell.
Si la vivienda tiene garaje y/o trastero vinculado/s, su precio por m² no puede ser superior al 60% del precio por m² de la vivienda.
Por calcular el precio de venta del garaje o trastero se tendrá en cuenta, como máximo, 25 m² de garaje y 8 m² en el caso del trastero, aunque la superficie real sea superior.
Ingresos
Los ingresos familiares ponderados de los adquirentes no deben superar 4,5 veces la IPREM (Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples).
Plazo
El Plazo: entre la fecha del contrato de compraventa y la solicitud de las ayudas no pueden transcurrir más de cuatro meses
Financiaciones previas
Los solicitantes no pueden haber tenido previamente financiación al amparo de algún Plan de vivienda, durante los 10 años anteriores a la solicitud actual de ayudas.
No será necesario cumplir esta condición cuando se trate de:
- Mujeres víctimas de violencia de género
- Víctimas del terrorismo
- Familias que incluyan o tengan a su cargo personas dependientes o con discapacidad oficialmente reconocida
En este supuesto, los solicitantes deben cancelar previamente el préstamo convenido.
¿Cómo se solicita?
Hay un modelo normalizado de solicitud, que deben firmar los adquirentes, en el cual se indica la documentación que se ha de adjuntar. Este modelo, lo facilitan las Oficinas locales de Vivienda, los Servicios competentes de la Secretaría de Vivienda y también se puede encontrar en Impresos i formularios.
Cuantía de la subsidiación
La cuantía de la subsidiación depende de los ingresos familiares ponderados que justifiquen los adquirentes.
Esta cuantía será, para los 5 primeros años de amortización, ampliables a otros 5, por cada 10.000 € de préstamo. La ampliación se debe pedir dentro del quinto año del primer periodo de amortización y los solicitantes, titulares del préstamo convenido, han de acreditar que siguen cumpliendo las condiciones exigidas para la concesión de la ayuda.
Cuantía de la ayuda directa a la entrada
Esta cuantía también depende de los ingresos de los adquirentes, y de si son jóvenes hasta 35 años, familias, etc . (+)







